Impuesto a la renta

El impuesto sobre la renta se aplica a las rentas percibidas por personas físicas, participaciones indivisibles y sociedades, tanto nacionales como extranjeras. El ejercicio fiscal comprende el 1er. de enero al 31 de diciembre.

Para el cálculo del impuesto a cargo del contribuyente, del monto total de la renta gravable se deducirán los ingresos, las bonificaciones, los costos, los gastos y las deducciones relacionados con dichos ingresos. A este resultado lo llamamos base imponible.

La base imponible de las rentas del trabajo dependiente se compone de la renta imponible menos el valor de los aportes personales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), salvo que sean pagados por el empleador.

La declaración del impuesto sobre la renta es obligatoria para todas las personas físicas, participadas y sociedades, incluso si la totalidad de sus ingresos consisten en rentas exentas de impuestos, con excepción de:

Contribuyentes residentes en el exterior que no tengan representante en el país y tengan únicamente rentas sujetas a retención en la fuente.
Las personas físicas cuyos ingresos brutos durante el ejercicio no superen la cuota base no tributan.

Cabe señalar que todas las sociedades y personas naturales y participadas indivisibles que operen con patrimonio al inicio de sus actividades empresariales o al 1ro. enero de cada año gravable exceda de 9 acciones básicas deducibles del impuesto sobre la renta, o cuyos ingresos brutos anuales de esta actividad del ejercicio inmediato anterior excedan de 15 acciones básicas deducibles, o cuyos gastos anuales y gastos relacionados con actividades empresariales del ejercicio inmediato anterior , superó las 12 fracciones básicas del impuesto reducido.

Las personas físicas que ejerzan actividades empresariales y operen con capital o perciban rentas inferiores a las previstas en el párrafo anterior, así como los profesionales, comisionistas, artesanos, mandatarios, representantes y demás trabajadores por cuenta propia, deberán llevar registros de ingresos y gastos. Una cuenta para determinar su renta imponible.

Los plazos para la presentación de la declaración varían según el noveno dígito de la cédula de identidad o RUC, según el tipo de contribuyente:

Noveno dígitopersonas naturalessociedades
una10 de marzo10 de abril
dos12 de marzo12 de abril
314 de marzo14 de abril
416 de marzo16 de abril
cinco18 de marzo18 de abril
620 de marzo20 de abril
722 de marzo22 de abril
824 de marzo24 de abril
nueve26 de marzo26 de abril
028 de marzo28 de abril

Referencia: Capítulo IV-VI de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.


Documentos recomendados para ti

¿No encuentras lo que buscas?

👉

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Impuesto a la renta puedes visitar la categoría SRI Servicios en Línea.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir

Esta página web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario. Leer mas