IESS Afiliación sin relación de dependencia

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), de conformidad con el Decreto 467 del 20 de marzo de 2014, crea un indicador denominado “Propiedad de personas sin relación de dependencia o independientes y ecuatorianos residentes en el exterior” y se aplicará a todos miembros voluntarios.
Importante:
Que La Junta Directiva del IESS canceló este jueves la Resolución 464. así como también aprobado 467 donde precisó que la incorporación de personas sin relaciones de dependencia sería “voluntaria”.
CD estatutario no. 467 entró en vigor el 1 de mayo de 2014.
Relación de pertenencia sin dependencia
Los trabajadores sin dependencia o relación independiente pueden afiliarse voluntariamente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a partir de la fecha de la respectiva solicitud y registro del aviso de ingreso en el portal web: www.iess.gob.ec
Acceso a la Calculadora de Tarifas del IESS
¿Quién puede unirse?
Todas aquellas personas que desarrollan actividades profesionales y no tienen empleador (sin relaciones de dependencia), entre las que tenemos:
- vendedores,
- transportistas,
- Doctores en ejercicio libre,
- gerentes,
- abogados y otros
- ecuatorianos residentes en el exterior.
Menor filiación sin relación de dependencia
Base y cálculo de la aportación.
- La base de cotización será la que el socio fije como salario, pero no inferior al salario base.
- Los miembros independientes y voluntarios en el extranjero pagarán el 20,5%.
Si el socio no paga la prima dentro de los 30 días, se registrará un retiro automático del IESS.
Beneficios de la Membresía.
Las personas tendrán derecho a:
- Pensión de vejez, invalidez y Montepio,
- Cuidados funerarios, Riesgos del trabajo;
- Ayuda por enfermedad o maternidad,
- Seguro de salud para niños menores de 25 años,
- El cónyuge o pareja de hecho con derecho de afiliado voluntario puede acceder al seguro de salud previo pago por parte del titular de una prima adicional determinada por el IESS,
- desempleo,
- Podrás destinar mensualmente una cantidad equivalente al 8,33% del salario para fondos de reserva.
- Acceso a créditos quirografarios e hipotecarios de acuerdo con las normas emitidas por el Banco IESS (BIESS).
Recordar:
- Membresía NO REQUERIDA
- Válido desde el 1 de mayo de 2014
- El socio aporta el 20,5 %
base legal
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